¿Qué es el Kit Digital?
El programa Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España y que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales dirigidas a PYMES y Autónomos con la finalidad de modernizar el tejido productivo español.
Está dotado con un presupuesto de más de 3.000 millones de euros, financiado por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation EU y se encuentra dirigido a PYMES y autónomos de todos los sectores productivos en todo el territorio nacional.
A través del KIT Digital y gracias al Agente Digitalizador QDQ Media (A-81745002, Paseo de la Castellana 81 -15 Madrid - 28046) te ayudamos a:
- Asesorarte sobre las soluciones digitales que necesita tu negocio.
- Ayudarte en la tramitación de la solicitud de la ayuda pública (Bono Digital).
- Implementación de las soluciones digitales en tu negocio.
¿A quién va dirigido?
El programa está dirigido a los Autónomos y PYMES situadas en territorio español que busquen digitalizarse y que tengan menos de 50 empleados entre otros requisitos.
El Bono Digital se otorgará a los solicitantes que cumplan los requisitos para ser destinatarios del mismo, y se concederá de forma directa y bajo el único criterio de orden de presentación de solicitudes (siempre y cuando haya fondos disponibles).
Según el número de empleados de tu negocio el importe máximo del Bono Digital al que podrás acceder es el siguiente:
Si tu empresa está interesada en recibir información del Bono Digital y solicitar el mismo, ponte en contacto con el agente digitalizador a través del siguiente enlace:
Solicita tu bono digital
Finalidades del bono digital
Te presentamos algunas de las soluciones de digitalización a la que podrás destinar el Bono Digital:
Pregunta por éstas u otras soluciones al agente digitalizador al solicitar tu Bono Digital.
Solicita tu bono digital
Requisitos para optar al Bono Digital
Para acceder al Bono Digital los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Estar inscritos en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda y tener una antigüedad mínima de seis meses.
– No pueden tener la consideración de empresa en crisis.
– Es necesario estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
– No pueden estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
– No estar incursos en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
– No superar el límite de ayudas de minimis.
– Disponer de la evaluación del nivel de madurez digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.
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Si el proyecto de digitalización de tu empresa o cualquier otro que vayas a desarrollar necesitas financiación, ponte en contacto con tu oficina habitual y te ayudaremos a hacerlo realidad.
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